Síntesis del proyecto de investigación
La raíz aristotélica de la construcción orientalista del despotismo: una relectura del confucianismo
Prof. María Laura Cross
Instituto de filosofía "Dr. Alejandro Korn", Universidad de Buenos Aires
marialauracross@gmail.com
Es un lugar común afirmar que el origen del concepto de "despotismo oriental" proviene de un pasaje de Política de Aristóteles. En su taxonomía de los diferentes tipos de monarquía, Aristóteles reserva un tipo especial para los pueblos de Asia, a los que caracteriza como de naturaleza servil y dispuestos a soportar gobernantes despóticos: “Todas estas tienen un poder semejante a las tiranías, aunque se basan en la ley y son hereditarias. Debido a que los bárbaros tienen por naturaleza caracteres más serviles que los griegos -y los de Asia más que los de Europa-, soportan el dominio despótico sin disgustarse. Por tal razón estas realezas son de carácter tiránico, aunque resultan estables debido a que son hereditarias y conforme a la ley" [1285a 15-1285a 25]. Esta supuesta naturaleza servil sería lo que legítima para Aristóteles los gobiernos despóticos en los pueblos de Asia, calificados de “bárbaros”. Aristóteles no estaba pensando en China cuando armó esta descripción: el destinatario más probable era Persia. Sin embargo, al incluir los pueblos de Asia, este texto clásico dio pie a que los lectores dominados por un sesgo eurocéntrico lo ampliaran al ámbito de todas las culturas asiáticas. A partir del siglo XVIII este concepto se desarrolla fuertemente de la mano del movimiento iluminista y es utilizado en autores como Montesquieu, Volney o Boulanger (Gasquet, 2007), quienes extienden su uso a todos los gobiernos de los pueblos que conformaban “Oriente”, China entre ellos. De esta manera, la idea de "despotismo oriental" continúa ejerciendo aún hoy una gran influencia en el imaginario de especialistas y legos.
Para empezar a desandar este concepto y demostrar su ineficacia a la hora de explicar cómo se piensa la política en China, esta investigación está abocada a la comparación de las teorías filosóficas acerca del buen gobierno en Aristóteles y el confucianismo, así como los valores éticos que sustentan. Esto nos permitiría entender algunos rasgos de un gobierno legítimo que no están atados a una forma de gobierno históricamente constituida, sino que se pueden rastrear en un mismo periodo en propuestas filosóficas de dos culturas que no estaban relacionadas en ese momento. De la misma forma, encontraremos que para ambas propuestas también hay ciertas características que resultan inaceptables y perjudiciales a la hora de gobernar y que caen dentro de la idea de despotismo. Para Aristóteles, un régimen de gobierno recto, como condición necesaria, debe estar basado en el interés general de la comunidad que conforma la polis porque, como afirma en Política I, el fin de esta es el vivir bien. Los regímenes desviados nunca serán buenos para la polis porque siempre se rigen por las pasiones y deseos del gobernante, pero sin vistas al interés común. En cuanto a distinguir cuál es el mejor régimen de entre los rectos, esta determinación nace de las condiciones previas con las cuales cuenta cada polis, y de acuerdo a cómo se conforma su población. En el caso de la monarquía, ésta será adecuada en los casos donde un hombre o una familia destaque por su virtud frente al resto de los ciudadanos.
Por otro lado, dentro de la tradición “confucianista” o 儒家 (rújiā), podemos ver la propuesta de Confucio y Mencio sobre el gobierno recto. Distinguimos cuatro aspectos que diferencian la propuesta política de la 儒家 (rújiā) del periodo pre-dinastía 秦 (Qín) de la tipificación aristotélica de un despotismo oriental. En primera instancia, el carácter hereditario de este tipo de monarquías frente a la idea de 天命 (Tiānmìng), traducido comúnmente como “Mandato del Cielo”, que cuestiona la herencia del reino sin más. Esta idea implica que el verdadero gobernante es aquel que lleva a la prosperidad y bienestar de su pueblo, gobierna de manera recta y justa, según los ritos. El Cielo elige al gobernante más capaz por sus aptitudes y no por su herencia. En ambos autores se habla de una sucesión determinada no de manera hereditaria sino a través del Cielo como ejecutor [Mencio 5A.5.] [Analectas 20.1].
En un segundo aspecto a tratar, la idea de Mandato del Cielo también cuestiona la posibilidad de un dominio despótico tolerado por el pueblo sin disgustarse. Para la tradición de la 儒家 (rújiā) si la gestión de un gobernante no es recta y no lleva a la prosperidad del pueblo, entonces pierde el Mandato del Cielo, lo que abre la discusión acerca de cuáles son las condiciones para que esto suceda.
En tercer lugar, una distinción que aparece en Mencio entre el 王 (wáng) y 霸 (bà). 王(wáng) se suele traducir como “rey” y 霸 (bà), dependiendo el contexto, puede ser entendido como "gobernante hegemónico", "caudillo" o "déspota". En el caso de Mencio, al tener una valoración negativa, lo traduciremos como “déspota”. Según Mencio, el que valiéndose de la fuerza simula ser benevolente es un déspota, mientras que el que valiéndose de la virtud es benevolente es un rey. El rey es el que consigue la adhesión de su pueblo desde el corazón ya que la virtud es más adecuada que la fuerza para conseguir la obediencia. [Mencio, 2A, 3]
Con esta distinción, no quedan dudas al respecto de qué se considera un rey y lo que se considera un déspota para el confucianismo. Para la tradición de la 儒家 (rújiā), el gobernante sólo es bien llamado “gobernante” si cumple su rol como tal. Si no lo hace, por más que ocupe el lugar de rey, no lo es. Esto se debe al concepto central de 正名 (zhèngmíng) o “rectificación de los nombres” al cual Confucio da un papel central en su filosofía política. Según esta idea, es necesario aplicar los términos que designan los roles familiares y sociales sólo cuando se cumple con lo que se espera de estos [Analectas 13.3]. Así, un gobernante que no se comportara como tal, no refleja la función que le es propia y por lo tanto, no es un gobernante.
Una vez realizado este breve recorrido, vemos que las teorías políticas de Confucio o de Mencio no solamente no se pueden caracterizar como “despotismo oriental” sino que se oponen abiertamente a ese tipo de gobierno. Asimismo también vemos que hay puntos de encuentro con lo que Aristóteles podía considerar una monarquía recta:
De esta forma, la idea de despotismo oriental queda como una herramienta sesgada e inapropiada para reflexionar sobre los modelos de buen gobierno tradicionales de la filosofía política china.
ARISTÓTELES, Política, LIVOV, G. (trad., estudio preliminar y notas), Quilmes: Universidad nacional de Quilmes.
BOBBIO, N. (2008), “Aristóteles” en Las teorías de las formas de gobierno en la historia del pensamiento político. Año académico 1975-1976, México DF: Fondo de cultura económica, pp. 32-43.
COLODRON, A. (2012), Analectas de Confucio, Madrid: EDAF.
GASQUET, A. (2007), “El arquetipo europeo y el debate sobre la cuestión oriental” en Oriente al Sur. El orientalismo literario argentino de Esteban Echeverría a Roberto Arlt, Buenos Aires: Eudeba, pp.19-42.
方勇 (Fāng Yǒng) (2010), 孟子 (Mèngzǐ), 北京 Běijīng:中华书局 Zhōnghuá shūjú.
SLINGERLAND, E. (2003) Confucius Analects: with selection from traditional commentaries. Indianapolis: Hackett Pub. Co.
张燕婴 Zhāng Yànyīng(2007)论语 Lúnyǔ, 北京 Běijīng:中华书局 Zhōnghuá shūjú.
Por otro lado, dentro de la tradición “confucianista” o 儒家 (rújiā), podemos ver la propuesta de Confucio y Mencio sobre el gobierno recto. Distinguimos cuatro aspectos que diferencian la propuesta política de la 儒家 (rújiā) del periodo pre-dinastía 秦 (Qín) de la tipificación aristotélica de un despotismo oriental. En primera instancia, el carácter hereditario de este tipo de monarquías frente a la idea de 天命 (Tiānmìng), traducido comúnmente como “Mandato del Cielo”, que cuestiona la herencia del reino sin más. Esta idea implica que el verdadero gobernante es aquel que lleva a la prosperidad y bienestar de su pueblo, gobierna de manera recta y justa, según los ritos. El Cielo elige al gobernante más capaz por sus aptitudes y no por su herencia. En ambos autores se habla de una sucesión determinada no de manera hereditaria sino a través del Cielo como ejecutor [Mencio 5A.5.] [Analectas 20.1].En un segundo aspecto a tratar, la idea de Mandato del Cielo también cuestiona la posibilidad de un dominio despótico tolerado por el pueblo sin disgustarse. Para la tradición de la 儒家 (rújiā) si la gestión de un gobernante no es recta y no lleva a la prosperidad del pueblo, entonces pierde el Mandato del Cielo, lo que abre la discusión acerca de cuáles son las condiciones para que esto suceda.
En tercer lugar, una distinción que aparece en Mencio entre el 王 (wáng) y 霸 (bà). 王(wáng) se suele traducir como “rey” y 霸 (bà), dependiendo el contexto, puede ser entendido como "gobernante hegemónico", "caudillo" o "déspota". En el caso de Mencio, al tener una valoración negativa, lo traduciremos como “déspota”. Según Mencio, el que valiéndose de la fuerza simula ser benevolente es un déspota, mientras que el que valiéndose de la virtud es benevolente es un rey. El rey es el que consigue la adhesión de su pueblo desde el corazón ya que la virtud es más adecuada que la fuerza para conseguir la obediencia. [Mencio, 2A, 3] Con esta distinción, no quedan dudas al respecto de qué se considera un rey y lo que se considera un déspota para el confucianismo. Para la tradición de la 儒家 (rújiā), el gobernante sólo es bien llamado “gobernante” si cumple su rol como tal. Si no lo hace, por más que ocupe el lugar de rey, no lo es. Esto se debe al concepto central de 正名 (zhèngmíng) o “rectificación de los nombres” al cual Confucio da un papel central en su filosofía política. Según esta idea, es necesario aplicar los términos que designan los roles familiares y sociales sólo cuando se cumple con lo que se espera de estos [Analectas 13.3]. Así, un gobernante que no se comportara como tal, no refleja la función que le es propia y por lo tanto, no es un gobernante.
Una vez realizado este breve recorrido, vemos que las teorías políticas de Confucio o de Mencio no solamente no se pueden caracterizar como “despotismo oriental” sino que se oponen abiertamente a ese tipo de gobierno. Asimismo también vemos que hay puntos de encuentro con lo que Aristóteles podía considerar una monarquía recta:
- El gobierno recto a favor del interés general/el beneficio del pueblo;
- La diferencia entre un gobierno recto y uno desviado;
- Una valoración positiva de las monarquías de un tiempo pasado consideradas heroicas/sabias;
- La necesidad de que el monarca sobresalga por su virtud;
De esta forma, la idea de despotismo oriental queda como una herramienta sesgada e inapropiada para reflexionar sobre los modelos de buen gobierno tradicionales de la filosofía política china.
Bibliografía
ARISTÓTELES, Política, LIVOV, G. (trad., estudio preliminar y notas), Quilmes: Universidad nacional de Quilmes.BOBBIO, N. (2008), “Aristóteles” en Las teorías de las formas de gobierno en la historia del pensamiento político. Año académico 1975-1976, México DF: Fondo de cultura económica, pp. 32-43.
COLODRON, A. (2012), Analectas de Confucio, Madrid: EDAF.
GASQUET, A. (2007), “El arquetipo europeo y el debate sobre la cuestión oriental” en Oriente al Sur. El orientalismo literario argentino de Esteban Echeverría a Roberto Arlt, Buenos Aires: Eudeba, pp.19-42.
方勇 (Fāng Yǒng) (2010), 孟子 (Mèngzǐ), 北京 Běijīng:中华书局 Zhōnghuá shūjú.
SLINGERLAND, E. (2003) Confucius Analects: with selection from traditional commentaries. Indianapolis: Hackett Pub. Co.
张燕婴 Zhāng Yànyīng(2007)论语 Lúnyǔ, 北京 Běijīng:中华书局 Zhōnghuá shūjú.
💻Esta investigación fue difundida en la agencia oficial de noticias del gobierno de la República Popular China Xinhua en español y en el Diario del Pueblo.